jueves, 29 de agosto de 2019

Las regularidades del mundo interpersonal y social

Todos los sistemas de la realidad con los que interactuamos diariamente poseen algún tipo de regularidad, algún tipo de normas, de pautas de funcionamiento. Por sistemas me refiero a la mente, el ecosistema, la vida, el cuerpo humano, el cerebro, la economía nacional, el mercado, la tecnología, las relaciones personales, el sistema social o la ley, así como a sus distintos subsistemas. 

Comprender las regularidades que caracterizan el funcionamiento de estos sistemas es el objetivo de las ciencias empíricas y disciplinas académicas. La neurociencia estudia el cerebro; la psicología, la mente; y la sociología, la sociedad. Pero aunque se trata de conocimientos expertos, un conocimiento mínimo de estos sistemas es de utilidad para cualquier ciudadano informado. Esto es así porque conocer las regularidades de los sistemas ayuda a tomar decisiones más racionales (nuestras acciones tienen consecuencias en un sistema) así como a llevar a cabo intervenciones públicas más sostenibles y adecuadas. 



Hace algún tiempo que observo que, mientras que las regularidades de los sistemas naturales y/o tecnológicos se consideran reales y relevantes (aunque sean desconocidas por la mayoría, la ley de la gravedad, la formación de nubes, el cambio climático, el funcionamiento de un ipad o la memoria son respetadas), las regularidades de los sistemas interpersonales y sociales son consideradas no relevantes, cuando no arbitrarias o inexistentes por muchos

Creo que hay varias explicaciones. 

No hay duda de que las regularidades, normas o pautas de los sistemas sociales e interpersonales son particulares. En primer lugar, en el ámbito social e interpersonal podemos distinguir entre regularidades empíricas, normas sociales y normas morales. Las primeras son pautas probabilísticas que caracterizan el funcionamiento de un sistema complejo (ej. La malnutrición en la infancia está asociada a problemas de auto-control; la democracia está asociada a una menor probabilidad de sufrir hambrunas; tener tatuajes está asociado a un menor pensamiento a largo plazo, etc.). Las normas sociales refieren a las creencias compartidas por la mayoría de una población sobre los comportamientos que son aceptables (normas sociales descriptivas), así como a las conductas que la mayoría de la población lleva a cabo (normas sociales inyuctivas). Las normas morales son normas sociales que refieren a elementos que implican algún daño a otro individuo. 



Las regularidades empíricas y las normas sociales difieren, por ejemplo, de las normas legales, expresadas en un código civil o penal. Así, una persona tiene derecho a vestir lujosamente en un barrio problemático, a ir en pijama a una boda pero no tiene derecho a evadir impuestos. Y esto nada tiene que ver con los efectos posibles de vestir lujosamente en un barrio problemático (ej. sufrir un atraco), ir en pijama a una boda (ej. perder reputación, hacer el ridículo, demostrar poca inteligencia social) ni con las regularidades implicadas en una conducta social como evadir impuestos (ej. ciertas condiciones harán más probable la evasión de impuestos, etc.). Las primeras son reglas legales, que caracterizan el funcionamiento del derecho en una sociedad. Las segundas son normas sociales y pautas sociológicas, empíricas, que caracterizan el funcionamiento de una sociedad. 

Las regularidades de los sistemas sociales e interpersonales también difieren de las de los sistemas puramente naturales. Algunos sistemas naturales no subatómicos tienen leyes matemáticas estables, precisas y universales (como la aceleración o la gravedad). Otros sistemas más complejos como el clima tienen regularidades, pero son más impredecibles. Los sistemas sociales e interpersonales son también sistemas complejos, con elementos predecibles (como la población o la tasa de paro) e impredecibles. Los sistemas sociales son resultado de la combinación de elementos biológicos y socio-culturales, y sus pautas de funcionamiento son probabilísticas (no son deterministas) y contingentes (pueden variar en el tiempo y el espacio)

Pues bien, el carácter probabilístico, contingente e incierto de las regularidades sociales hace que, en ocasiones, se considere que estas regularidades no existen. Es como si pensáramos que el clima no tiene pautas objetivables porque es caótico. El relativismo (y su primo el construccionismo social) así como la utilización de ideas pseudo-relativistas por parte de los individuos con el fin de justificar conductas egoísta o individualistas, están detrás de esta confusión. 

Si un paradigma ha logrado hacer daño a las ciencias sociales ese es el construccionismo social y el relativismo antropológico. La idea, no sostenida empíricamente, de que no existen pautas o reglas generales en los sistemas sociales e interpersonales (y, por tanto, no habría consecuencias reales de ninguna acción) así como la idea de que toda convención social es culturalmente relativa, determinada por el poder, arbitraria, no comparable ni analizable objetivamente y totalmente modificable, conduce a ignorar las reglas en los sistemas sociales e interpersonales.

Las regularidades empíricas de los sistemas sociales e interpersonales no son arbitrarias, no son construcciones sociales y no son totalmente relativas. Las regularidades son probabilísticas y contingentes, y se basan en fundamentos sociobiológicos o bio-psico-sociales estables. Muchas regularidades probabilísticas en el ámbito social son comparables a las existentes en otros ámbitos como la salud o la seguridad (ej. si excedes los límites de velocidad es más probable que sufras un accidente mortal). Si, por ejemplo, en una sociedad se muestra que las personas casadas tienen una satisfacción vital ligeramente mayor que las no casadas (se calcula que de 0.5 en una escala de 1 a 10), esto es una regularidad como la que vincula el hecho de fumar al desarrollar un cáncer o el exceso de velocidad a sufrir un accidente de tráfico. No todos los casados serán más felices que los no casados. Tan solo es una media, que expresa una probabilidad. Habrá terceras variables (como la calidad de la relación) que interfieran en esta regularidad. La cuestión es que esta regularidad existe, aunque no diga nada sobre tu derecho o tu libertad para permanecer soltero o divorciarte.

Las reglas morales, por ejemplo, pese a lo que piensan construccionistas e intelectuales de diversa índole, no son relativas, arbitrarias ni construidas por el poder, sino que son disposiciones sociobiológicas generadas por una sociedad para favorecer la cooperación social, fundamental para nuestra supervivencia. Las normas sociales (como no vestir en pijama por la calle o conducir por la derecha) tienen un carácter contingente pero no son absolutamente arbitrarias: responden a factores históricos, económicos, socibiológicos, materiales, de difusión social, etc.

La cuestión es que la gente confunde sus deseos, legítimos o no, de libertad así como sus derechos, establecidos en un código civil, con la existencia de pautas y normas sociales objetivas. Por ejemplo, uno podría decidir vestir en pijama a una boda. Estaría ejerciendo su libertad. Pero esto tendría consecuencias -de acuerdo, variables en función del tipo de boda y demás, pero objetivas- sobre su reputación, sobre el bienestar de los invitados y los novios. Indicaría tal vez una resistencia psicológica a salir de su zona de confort, cierto infantilismo, etc. La libertad de acción no niega la existencia de un sistema con reglas objetivas y normas sociales, con causas y efectos, con consecuencias de las acciones.  

Comprender el funcionamiento de las regularidades sociales empíricas, así como de las normas sociales, es el objeto de la sociología y la psicología social, tan degradadas por el construccionismo social y el relativismo antropológico. Cada vez que alguien os argumente que “soy libre de engañar a mi novia/o” (teniendo en cuenta los determinantes genéticos y ambientales, matizaría esta aseveración) o que “tengo derecho a ir vestido como quiera al trabajo” o que “ellos no deberían enfadarse por haber dicho tal cosa”, recordadle que sí, de la misma forma que tiene derecho a fumar 20 cigarrillos al día. Simplemente, que todas las acciones o inacciones tienen consecuencias objetivables en el ámbito de lo social.